Caso de Éxito: Sentencia Ganada Gastos de Hipoteca

Imagen de Caso de Éxito: Sentencia Ganada Gastos de Hipoteca

En el post de hoy, queremos compartir con vosotros, otro nuevo caso de éxito tras lograr una sentencia favorable para nuestros clientes, con condena en costas a la parte contraria, en un tema de GASTOS HIPOTECARIOS.

 

Los clientes suscribieron un préstamo hipotecario con la entidad financiera KUTXABANK  en el mes de junio del año 2008.  En dicha escritura de préstamo hipotecario se encontraba la común cláusula de “gastos de hipoteca”, que impone el abono de todos los gastos derivados de la formalización del préstamo hipotecario a la persona consumidora. Asimismo, se añadió una cláusula de «intereses de demora» de un 19%. 

 

Toda vez que esta práctica es abusiva, según la Ley General de Consumidores y Usuarios, realizamos una reclamación extrajudicial ante el Servicio de Atención al Cliente de Kutxabank. La entidad respondió negando la nulidad de la cláusula y, por supuesto, la devolución de cantidad alguna. Ante la negativa de la entidad bancaria, no quedó otro remedio que presentar la demanda solicitando la nulidad de la cláusula, y la condena a Kutxabank a pagar el 50 % de los gastos de Notaría y el 100 % de los gastos de Gestoría, Registro y Tasación (conforme ya ha establecido el Tribunal Supremo). 

 

Como viene siendo habitual con esta entidad financiera, una vez recibida la demanda, la entidad financiera decidió allanarse a la misma, asumiendo así la nulidad de la cláusula y la obligación de indemnizar a mis clientes.

 

 

Criterio de las «costas» tras el allanamiento de la entidad

Sin embargo, solicitaban la no imposición de las costas por haberse allanado a las pretensiones de esta parte. Si bien, el juzgado ya tiene un criterio claro en estos asuntos de allanamiento, y es que la actitud mostrada por la entidad bancaria,  obligando a los consumidores a acudir a la vía judicial, y procediendo seguidamente a allanarse, es constitutiva de mala fe.

 

“De los documentos aportados con la demanda se infiere que la parte demandada ya fue requerida en sede extraprocesal, para reconocer la nulidad y devolver diversas cantidades, sin acceder siquiera a devolver aquéllas a las que ahora se allana. Dicha postura en sede extraprocesal se considera constitutiva de la mala fe que describe el artículo 395.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que procede la condena en costas de la demandada.»

 

¿Qué dice el Juzgado?

El Juzgado nos da íntegramente la razón y a este respecto la Jueza establece:

 

  • Estimo la demanda presentada contra Kutxabank S.A., declarando la nulidad de la cláusula de gastos y la de interés de demora de la escritura de préstamo.
  • Condeno a la demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de 635,90 euros, más el interés legal correspondiente desde la fecha de abono de cada factura pagada por la actora, hasta su completo pago.
  • Fijo la cuantía del procedimiento como indeterminada.
  • Con expresa condena en costas a la parte demandada. 

 

¿Cuánto recuperan nuestros clientes?

Esta vez, los clientes van a recuperar aproximadamente 1.000 euros (635,90€, más los intereses desde la fecha de abono de las facturas en junio de 2008). Además, queda fuera de las condiciones de la escritura la cláusula de intereses de demora, que establecía unos intereses de un 19% en caso de impago

Como además la entidad bancaria, Kutxabank, ha sido condenada al abono de las costas, serán estos (el Banco) los que abonen los gastos de abogado y procurador.

 

Podéis acceder a la sentencia pulsando aquí

 

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