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En Derecho Penal, el dolo es uno de los componentes que integran la culpabilidad y está formado a su vez por dos elementos:
El delito doloso se encuentra regulado en el Artículo 10 de nuestro Código Penal y en el mismo se recoge que:
«Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley».
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