La Prescripción de los Delitos

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¿En qué consiste la prescripción?

La prescripción de un delito supone la extinción de la responsabilidad penal del autor de un delito cuando no se ha iniciado ningún tipo de procedimiento para su persecución o el mismo se ha paralizado durante el tiempo legalmente establecido para ello.

 

¿Qué plazos deben transcurrir para que un delito prescriba?

La regulación de la prescripción se encuentra recogida en el artículo 131 del Código Penal, en el cual se fijan los plazos concretos de tiempo que, según el delito, deben de transcurrir para que se entieda que el mismo ha prescrito. 

Artículo 131 del Código Penal

 

1.- Los delitos prescriben:

 

A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.

 

A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.

 

A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

 

A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año

 

¿Existen excepciones?

Si acudimos al Art. 131.3 del Código Penal podemos verificar cómo la figura de la prescripción no operará en ningún caso cuando se trate de:

  • Delitos de lesa humanidad y de genocidio.
  • Delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el Art. 614.
  • Delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona.

 

¿Se puede interrumpir la prescripción de un delito?

Sí, y para saber cuándo ocurre debemos de acudir al Art. 132.2 del Código Penal :

La prescripción se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra la persona indiciariamente responsable del delito, comenzando a correr de nuevo desde que se paralice el procedimiento o termine sin condena.

 

Ejemplo de prescripción de un delito

Si nos encontramos ante un delito de lesiones del Art. 147del Código Penal el cual está castigado con la pena de prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses, el mismo prescribirá, atendiendo a lo recogido en el Art. 137.1 del Código Penal, a los 5 años.

 

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