Caso de Éxito: Sentencia Ganada Tarjeta Revolving

Imagen de Caso de Éxito: Sentencia Ganada Tarjeta Revolving

En el post de hoy, queremos compartir con vosotros nuestro último caso de éxito, en el que hemos logrado una sentencia favorable para nuestra clienta, con condena en costas a la parte contraria, en un tema de TARJETA REVOLVING.

 

Las tarjetas revolving se contratan habitualmente para obtener un crédito al consumo, pero como ya sabréis, llevan aparejados unos intereses remuneratorios y comisiones muy elevadas, llegándose a generar una situación en la que el consumidor nunca llegar a satisfacer la deuda mediante los pagos mensuales. 

 

Nuestra clienta llegó al despacho tras haber leído noticias sobre la nulidad de estas «tarjetas revolving» y le informamos del procedimiento a seguir, de la tasa de éxito de la reclamación judicial y de la cuantía que podría recuperar en el caso de obtener una sentencia estimatoria.

 

La demanda se presentaba en mayo de 2021. En este caso, la cantidad que la clienta había dispuesto hasta la fecha ascendía a 21.869, 37 euros y, a pesar de los pagos mensuales efectuados (que ascendían a 26.779,11 €), la compañía le reclamaba aún una cantidad que rondaba los 10.000 euros. 

 

Siendo esto así, mi cliente no sólo había devuelto la cantidad prestada en su día, sino que además había pagado un exceso de 4.909, 74€ de más en concepto de intereses y primas.

 

Su Señoría, entendió que, la TAE que se estaba aplicando en el presente contrato y que ascendía a un 26,82% se encontraba muy por encima del interés normal fijado para este tipo de operaciones, sin que existan circunstancias excepcionales que  justifiquen un interés tan elevado. Por este motivo, se considera que el contrato de tarjeta revolving firmado en su día infringe lo dispuesto en el art. 1 de la Ley de Represión de la Usura, lo que conlleva inevitablemente a la nulidad del contrato y a considerar que el prestatario tan sólo se encuentra obligado a devolver aquellas cantidades que le hubieran prestado.

 

Como nuestro clienta ya había devuelto las cantidades que le fueron prestadas, será la entidad demandada la que deba devolverle las cantidades pagadas de más, que actualmente ascienden a más de 5.000 euros. 

 

Os dejamos enlace a una copia de la sentencia para que podáis consultarla.

 

Si tu eres un afectado por este tipo de tarjetas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para que no te veas obligado a pagar intereses usurarios.